Llevo casi una hora surfeando en la web, y no encuentro nada que haga referencia al permiso o licencia por calamidad doméstica en Ecuador.
Resulta que el IESS, no certifica los permisos emitidos a nombre de los hijos de un afiliado, ya que el permiso que corresponde en ese caso es el de "calamidad doméstica" según el señor de la ventanilla de certificados, del dispensario médico del IESS El Batán, todo trabajador tiene derecho a 3 días por concepto de calamidad doméstica, y si hasta ocho días de permiso si se está bajo un contrato especial (le comenté que soy profesora y me dijo que tenía derecho a 8 días) Pero no tengo nada para comprobarlo.
De partida en mi trabajo no me aceptaron el certificado de atención que me dieron en emergias del IESS, me exigieron que lleve un papel sellado que diga que mi hija necesitaba reposo. Cuándo lleve el bendito papel, el cual me demoré casi dos horas en obtener esperando la buena voluntad de los dóctores (lease en tono sarcastico). Me dice mi jefa que solo me justifica un día, el que consta en la fecha del papel (día que si fui a trabajar, pero que me retiré a la cuarta hora porque mi hija no dejaba de vomitar) y el día anterior no me justifica, porque el papel no está validado por el Iess.. le dí la explicación que me dió señor que mencioné antes, y me dijo que ella nada puede hacer,.. que la Ley (lease en tono sárcastico) dice que solo me pueden justificar una falta con certificados del IESS, porque puedo tener un conocido en el centro de Salud del Ministerio (lugar que me emitió el certificado del día que falté) que me entregue un falso certificado, para hacerme un favor...
Bueno, ni modo dije, ni modo, y entre mí pensé... "seguramente mi hija que estaba en el carro, que estaba en el estacionamiento del colegio, también vomitó a propósito, el dia viernes, para que yo me saliera a la cuarta hora, y también todos los profesores que vieron a mi esposo, cambiando de ropa a mi hija que estaba toda vomitada, (seguramente con vómito falso), se inventaron que lo vieron para hacerme un favor...!!!! Vaya Dios.. cómo parece que con la edad se nos olvida a las mujeres lo que es ser madre de una pequeña! ( no lo quize decir vieja)"
Y lo peor de todo es que no encuentro NADA sobre calamidades domesticas,... en el Iess solo me dejaron muy claro que ellos solo aceptan certificados externos, cuando el afiliado es quien está enfermo.. osea yo. Pero nada de familiares, conyuge e hijos...
En fin, si algun@ de ustedes sabe algo al respecto y me puede informar quedaré eternamente agradecida.
Pudiste averiguar algo respecto a este tema??? Yo tengo a mi bebé de año y medio en guardería y por ejemplo hoy en la mañana estuvo con fiebre y no tenia con quien dejarlo, pero, no se si puede justificar esta falta y cómo tengo que hacerlo.
ResponderEliminarQuerida por calamidad domestica se tiene derecho a màximo 3 dias de permiso. a partir de eso el permiso es no remunerado.. y los permisos se acumulan durante un año. Se podria negociar para cambiarlos con vacaciones pero en el caso de profesores, que tomamos siempre nuestras vacaciones no hay como.. asi que salimos perdiendo.
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